miércoles, 29 de febrero de 2012

LEYES Y DECRETOS

LEY 2150 DE 1995: por esta ley se suprimen ciertos tramites innecesarios en la administración pública. En el capitulo XII  trata todo lo referido al medio ambiente en los artículos 132 al 136 con lo dispuesto en las licencias ambientales y otros permisos , PMA ,  autoridades ambientales y otros .

DECRETO 2811 DE 1974: por el cual se da el código nacional de los recursos renovable y no renovable y protección del medio ambiente.  En el artículo 2 del capítulo único se da el objeto de este código basado en el principio de que el ambiente es un patrimonio común  de la humanidad y necesario para la supervivencia, desarrollo económico y social  de los pueblos por lo tanto este código tiene como objeto:

·        Lograr la preservación y restauración del ambiente y la conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales renovables, según criterios de equidad, y disponibilidad permanente de estos , la participación ciudadana  y el bienestar de los habitantes  presentes y futuros del territorio nacional .
·        Prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los recursos naturales no renovables sobre los demás recursos.
·        Regular la conducta humana, individual o colectiva y la actividad de la administración pública.
Además trata temas como la política ambiental nacional e internacional, manejo de los recursos naturales de uso público, la adquisición de bienes para la defensa de los recursos naturales entre otros. 

LEY 99 DE 1993: Por la cual se crea el MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental –SINA y se dictan otras disposiciones. Además se dan los principios fundamentales de la política ambiental colombiana en cuanto a el proceso de desarrollo económico zonas especiales, recursos hídricos, entre otros. También se dictan las funciones del medio ambiente, su estructura, participación en las diferentes entidades del Estado. Las CAR  y su naturaleza jurídica.

Ley 23 de 1973.  Por medio de esta ley se le dan facultades extraordinarias al presidente para expedir el código nacional de recursos renovables y protección al medio ambiente, además de otras disposiciones. Con base de que el medio ambiente es un patrimonio común y necesario para la supervivencia de las personas y su desarrollo económico son bienes contaminables: el suelo, el agua. El aire. También se dan los conceptos de contaminación y contaminante  según la ley. Además se dispone de un rubro especial por parte del Estado para la preservación ambiental, también se hace civilmente responsable al Estado y a lo particulares sobre los daños causados al hombre o recursos naturales de la propiedad privada como consecuencias que generen detrimento del medio ambiente.

LEY 491 DE 1999: según el artículo 1 de esta ley se crea el seguro ecológico  como un mecanismo de que permita cubrir los daños económicos cuantificables a personas determinadas como parte o consecuencia de  daños al ambiente  y a los recursos naturales. Además ajusta el código penal con respecto a los delitos ambientales buscando mejorar la operatividad de la justicia en este aspecto. También dicta cuando el seguro es obligatorio, cuando es voluntario. Los pasos para reportar el daño, quien debe hacerlo, cuando se indemniza, quien es responsable y que consecuencias jurídicas tiene. Por otro lado se especifica la clase de delitos contra el ambiente y los recursos naturales.

 Decreto ley 2811 de 1974 parte XllEsta parte del decreto establece que  La comunidad tiene derecho a disfrutar de paisajes urbanos y rurales que  contribuyan a su bienestar físico y espiritual, además para la preservación del paisaje y sus recursos le corresponde a la administración trazar y fijar estatutos que no atente en contra de estos recursos. Tiene que ver mas que todo con lo relacionado a la urbanización, lo que le corresponde a parques zonas comunes, y zonas donde está prohibido por la ley construir edificaciones puesto que atenta contra el derecho que este decreto establece.


Decreto 1715 de 1978.  Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 23 de 1973 y el Decreto Ley154 de 1976, en cuanto a protección del paisaje. Además establece que las vías debe tener espacio a lado y lado cuya longitud debe establecerla el INDERENA(El Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente.) en conjunto con el ministerio de obras públicas y transporte tal como lo establece la ley 154 de 1976 este espacio se debe proteger . Además el retiro de vallas publicitarias  que  se considere antiestéticos y atente contra paisaje  además de la conservación  y no alteración de elementos naturales como piedras, arboles entre otros;  con fines publicitarios  y las multas que esto conlleva.

Decreto 1122 de 1999. Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuir a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe.
Además en el capítulo VI  dicta que  los proyectos, obras o actividades que generen un impacto significativo al medio ambiente, a los recursos naturales renovables  o al paisaje  requieren licencia ambiental. También la exigencia de licencias ambientales en actividades especificas como:
1. Exploración, explotación, transporte, conducción y depósito de hidrocarburos, y construcción de refinerías.
2. Proyectos de gran minería.
3. Proyectos de generación y transmisión de energía eléctrica de orden nacional.
4. Proyectos de infraestructura vial, fluvial y ferroviaria nacional; infraestructura  aeroportuaria de carácter internacional; proyectos portuarios de gran calado.
5. Producción e importación de plaguicidas.
6. Importación, tratamiento, disposición y eliminación de sustancias, productos o materiales regulados por Tratados, Convenios y Protocolos Internacionales de carácter ambiental.
7. Proyectos en áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
8. Proyectos que adelanten las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible.
9. Generación de energía nuclear.
10. Introducción de especies foráneas de fauna y flora silvestre y microorganismos.
11. Transvases de una cuenca a otra de corrientes de agua que excedan de 2
Mt3/segundo durante los períodos de mínimo caudal.
12. Las demás que por ser de importancia nacional, se definan en los reglamentos.

ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN


Artículo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación
Colombiana.
Artículo 7 Comentario: En este artículo de  la  constitución colombiana se  obliga al estado a reconocer y proteger la diversidad étnica de la nación. Es deber del estado velar por su protección.

Artículo 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
Artículo 8 Comentario: Establece la obligación del estado y las personas de proteger y reconocer las riquezas culturales y naturales de la nación.


 ARTICULO 58. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social.
La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.
El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.
Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa.  Esta se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa administrativa, incluso respecto del precio.

Articulo 58  Comentario: la propiedad es una función social que trae consigo obligaciones y la función ecológica no deja de sert una de ellas , además se garantiza la propiedad privada y que el estado la promoverá y protegerá.

Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos
a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de
promoción, protección y recuperación de la salud.
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de
salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de
eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la
prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control.
Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los
Particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones
Señalados en la ley.
Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención
y con participación de la comunidad.
 Artículo 49 Comentario: Este articulo dicta que el estado es garante de los servicios públicos, el saneamiento básico y la salud y que toda persona tiene acceso a estos, con una prioridad a la prestación de los servicios de salud y saneamiento ambiental con base en los principios de universalidad y solidari8dad es decir que a todas las personas sin discriminación alguna y que la comunidad participa en la prestación de estos servicios.

Artículo 63. Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Artículo 63. Comentario: Es muy claro en determinar que todo aquello que sea bien de uso público  como parques naturales, tierras de grupos étnicos , el patrimonio arqueológico de la nación y todo bien que determine la ley son inembargables , imprescindibles e inalienables

Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley
garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.
Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las
áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos
fines.
Artículo 79 Comentario: Este articulo determina el derecho a las personas de gozare de un ambiente sano y la ley lo garantizará. También establece que el estado debe proteger la diversidad e integridad del ambiente además de su conservación y el fomento de la educación con fines de concientizar la protección del medio ambiente

Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o
sustitución.
Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las
sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados
en las zonas fronterizas.



Artículo 80 Cometario: es obligación del estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales y también debe ser garante de su desarrollo sostenible es decir que si se explota el recurso se debe garantizar que no se va agotar, además de su conservación restauración o sustitución.

Artículo 88. La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e
intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la
salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia
económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella.
También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural
de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares.
Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los
derechos e intereses colectivos.

Artículo 88. Comentario: Este artículo consagra las acciones populares para la protección de medio ambiente, la salubridad pública  como interés público y define los casos de responsabilidad civil objetiva donde se vean vulnerados los derechos e interés colectivos

Artículo 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad
nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los
derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.
Toda persona esta obligada a cumplir la Constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y del ciudadano:
1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones
humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para
mantener la independencia y la integridad nacionales;
4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia
pacífica;
5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;
7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;
8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un
ambiente sano,
9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de
conceptos de justicia y equidad.

Artículo 95.Comentario: Establece como deber de las personas, la protección de los recursos culturales y naturales del país, y de velar por la conservación de un ambiente sano.



Artículo 330. De conformidad con la Constitución y las leyes, los territorios indígenas
estarán gobernados por consejos conformados y reglamentados según los usos y
costumbres de sus comunidades y ejercerán las siguientes funciones:
1. Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y poblamiento de
sus territorios.
2. Diseñar las políticas y los planes y programas de desarrollo económico y social
dentro de su territorio, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo.
3. Promover las inversiones públicas en sus territorios y velar por su debida ejecución.
4. Percibir y distribuir sus recursos.
5. Velar por la preservación de los recursos naturales.
6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidades en
su territorio.
7. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo
con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.
8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás entidades a las
cuales se integren, y
9. Las que les señalen la Constitución y la ley.

Artículo 330Comentario: este artículo de la constitución consagra la autonomía de los territorios indígenas parta ejercer gobierno. En asuntos como el uso del suelo, preservación de los recursos naturales, seguridad y su propia representación ante los entes del Estado entre otros.




miércoles, 22 de febrero de 2012

continuacion de la acividad punto 1 y 2

 Acumulación de bienes: Es una condición necesaria para todo proceso productivo que demande mucho tiempo es decir que mientras el proceso de desarrolla, podemos consumir  de los bienes  acumulados, estos no se utilizan en el proceso. Este concepto se relaciona con el concepto de  bienes  y bienes de  capital.
Autodeterminación: Son características que determinan si uno es o no es , también se puede interpretar como los conceptos , ideas, principios que como personas  evaluamos acerca de un asunto , es decir nuestra opinión sobre algo o alguien . se puede decir que es libre decisión de un individuo.
Cambio: Es la transición de un estado a otro, por ejemplo cuando somos niños cambiamos y vamos convirtiendo en adolescente.

 Conocimiento: Se define como: los conceptos, principios adquiridos por una persona a través de la experiencia oo la educación.

lunes, 13 de febrero de 2012

DESARROLLO ACTIVIDAD 1

·        Principio: Son los preceptos universales que cada persona posee para orientar su actos, voluntad, vida etc. los cuales sea desarrollada a lo largo de la historia y son individuales  y le permiten a cada individuo evaluar si es bueno o malo de acuerdo estos preceptos establecidos.

·        Valor: Son principios que nos permiten dirigir nuestras acciones en pro del desarrollo o evolución como personas, estos nos proporcionan una guía para  establecer metas, propósitos, también reflejan nuestros intereses, sentimientos y convicciones que son determinantes para interactuar en la vida como sociedad.
·        Derecho: término original del latín directum que significa estar conforme a las reglas. Los derechos son postulados de justicia de orden legislativo y constitucional para el desarrollo de la sociedad, ya que estos regulan la conducta humana y ayudan a la resolución de conflictos. por otra parte el derecho es el poder que el hombre tiene para hacer, omitir, poseer o exigir algo de acuerdo a las normas morales o a las leyes civiles. Este puede ser natural  o positivo.
Según este concepto el derecho natural es el poder moral que posee toda persona para alcanzar su perfección, siendo el comino la ley moral o conciencia este derecho es inviolable universal y absoluto y puede ser exigido por la fuerza 
·        Deber: es la obligación del hombre de hacer o no hacer algo bien sea obligado por las leyes civiles o leyes morales. El deber es un mandato, es una orden que conduce al bien. Debo hacer todo lo bueno (debo estudiar, debo acatar las normas morales, debo respetar las leyes civiles) y al mismo tiempo debo evitar todo lo que me aparte del bien. Violar el deber, es provocar el desorden moral.
·        Características de los derechos humanos: los derechos humanos son: irrevocables, inalienables,  inherentes a la persona irrenunciable, inajenable, independiente de factores particulares (estatus, sexo, etc.), universales, igualitarios. Estas características son universales en los derechos humanos.
·        Principio de autonomía: es la habilidad  de cada individuo al momentos de toma de decisiones actuar, hacer algo , para apreciarlas situaciones y sus consecuencias y cuáles son las reglas que van a conducir su comportamiento procesando  de manera racional qué puede causar con  sus actos.
·        Principio de libertad: todos los hombres son libres y propietarios se su existencia, es la habilidad de decidir o elegir si hacemos  algo o no, pero no somos libres de elegir, si no sabemos las consecuencias de aquello que elegimos   o cuando somos influenciados a elegir por un factor externo como las modas, intimidación, miedo etc.


Principio de inviolabilidad y dignidad de la persona:     La dignidad se describe como calidades merecedoras de respeto, buen concepto, decoro, excelencia, normas de conducta recta y proba, buena fe y, en fin, una suma de condiciones y calidades personales. Podemos aceptar por tanto que el valor del ser humano es de un orden superior con respecto al de los demás seres, y a ese valor lo denominamos "dignidad humana".
Este valor singular que es la dignidad humana se nos presenta como una llamada al respeto incondicionado y absoluto. Un respeto que, como se ha dicho, debe extenderse a todos los que lo poseen: a todos los seres humanos. Por eso mismo, aún en el caso de que toda la sociedad decidiera por consenso dejar de respetar la dignidad humana, ésta seguiría siendo una realidad presente en cada ciudadano.

Principio de ciudadanía: es el conjunto de garantías que recibe y obligaciones que contrae una persona por el hecho de adherirse, en tanto que ciudadano, a un estado determinado.

DESARROLLO ACTIVIDAD 1

·        Conciencia moral: la conciencia moral no es algo añadido a la persona, sino que es la misma persona, La conciencia moral es una realidad dinámica que capacita al hombre para captar y vivir los valores morales. Su desarrollo y perfección dependen del desarrollo y de la perfección de la personalidad de cada hombre,  desde su niñez  y en las distintas etapas de la vida, dando le las herramientas para realizar los juicios introspectivos después de un acto  basados en los elementos constitutivos de la conciencia moral que son: elementos racionales para formar un juicio, sentimientos  morales antes del acto y elementos activos que son actos de  la voluntad.

viernes, 10 de febrero de 2012

GUIA AMBIENTAL 1






SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD


Servicio Nacional De Aprendizaje SENA


GUÍA DE APRENDIZAJE: 3





CÓDIGO:


Fecha: (Día _ Mes _ Año):__ __ ____
Regional: Córdoba
Centro De Formación: Comerció, industria y turismo de córdoba


CURSO: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FICHA:.







Total en horas, de la formación

COMPETENCIA: Implememtar  y ajustar el cumplimiento de plan de manejo ambiental de acuerdo con las normas vigentes, requerimientos del contrato y características del proyecto.

Duración en horas:


Duración en horas:100
Modalidad (es) de Formación: presencial.
Resultados de aprendizaje: Diagnosticar los requerimientos ambientales del proyecto de acuerdo a sus características y la normatividad vigente.
ACTIVIDAD: Analizar los artículos de la constitución política de Colombia, y las normas ambientales  establecidas  en la competencia.


Duración en horas: 100















2. INTRODUCCIÓN


Las relaciones entre el individuo y su sociedad no están libres de múltiples conflictos.en tu propia vida te habrás dado cuenta que con frecuencia como individuos, nos vemos limitados, casi sojuzgados, por una sociedad que nos exige diversos comportamientos y nos prohíbe muchas cosas
Del otro lado está la necesidad inevitable que tenemos la sociedad. Si cada individuo hiciera lo que quisiera sin respeto de normas ni leyes, la sociedad terminaría por destruirse rápidamente. Destruyendo a su vez los individuos.





3. CONOCIMIENTOS CONCEPTOS Y PRINCIPIOS.



1: Investigue los siguientes temas, con el fin de realizar las actividades solicitadas a continuación.

Concepto de desarrollo de la conciencia moral.
-Concepto de principio.
-Concepto de valor.
-Concepto de derecho.
-Concepto de deber.
-Características de los derechos humanos
-Principios de autonomía, libertad y responsabilidad.
-Principio de inviolabilidad y dignidad de la persona.
-Principio de ciudadanía...

-Conceptos de las siguiente terminología Acumulación de bienes, ángulo político, ángulo no político, autodeterminación, cambio, conocimiento, conocimiento parcial, conocimiento teórico, construir futuro, contradicciones antagónica, contradicciones naturales, cultura humana, desarrollo o evolución ,dialéctica , direccionalidad,  experiencia contemporánea, experiencia genética, experiencia histórica,  experiencia personal, experiencia y sensibilidad , ideales objetivos y proyecto, inmoralidad y moralidad, intereses,  intereses particulares,  irracionalidad,  ley de unidad de contrario, ley de causa – acción –efecto, metodología, necesidad, necesidad común, política, problemática social, trabajo y actividad , unidad ,unidad global.

2-NORMATIVIDAD AMBIENTAL  Y CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA.

A-    INVESTIGAR LOS ARTICULOS LOS TEMAS Y LOS CONTENIDOS DE DE LOS SIGUIENTES ART DE LA CONTITUCION DE COLOMBIA :

-ART 7 , 8, 49, 58, 63, 79, 80, 88, 95, 330,


B-INVESTIGAR LAS SIGUIENTES  NORMA ACTUALIZADAS A LA FECHA Y ANALIZARLAS  CON COMENTARIOS ARGUMENTADOS.

--Decreto de ley 2811 de 1974
--Ley 23 1973
-- decreto 1753 1994.

--Decreto 21503 1995. Y sus normas y reglamentaria.Ley491 1999 decreto1122 1999.  Ley 397 1997, decreto ley 2811 de 1974 parte Xll  ojo con los artículos derogados. Decreto 1715 de 1978.

3—ISO 1400.

4—CODIGO NACIONAL DE RECURSO NATURAL RENOVABLE.

5—LEY DE ORGANIZACIÓN DE SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL Y OTROS.





















EVIDENCIA DE APRENDIZAJE
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
Evidencias de conocimientos
-Investigación sobre los derechos fundamentales de su entorno inmediato.
-Análisis de (3) casos relacionados con derechos fundamentales.
-Análisis de situaciones relacionadas con el cumplimiento de los deberes  en su entorno inmediato.



-Identificar  los deberes.
-Identificar los derechos
-Procede con autonomía.
-Actúa racionalmente
-Se comporta racionalmente
Cumple con sus deberes.
Ejerce sus derechos.
-Ejerce un conocimiento de las normas ambientales vigente .
-Observación sistemática de las situaciones relacionada con el cumplimiento de los deberes.
-Ficha de observación.
-Simulación de la situación de los casos relacionados con los derechos fundamentales.
-Guía de roles.
-Cuestionario de la Cont. política y trabajo en equipo.
Evidencias de desempeño

Elaboración de un documento donde pongas de manifiesto todas las actividades investigadas







Evidencias de producto
























ISO 14000

La norma ISO 14000 es un estándar internacional de gestión ambiental, que se comenzó a publicar en 1996, tras el éxito de la serie de normas ISO 9000 para sistemas de gestión de la calidad.

Descripción

La norma ISO 14000 es una norma internacionalmente aceptada que expresa cómo establecer un Sistema de Gestión Ambiental (SGA) efectivo. La norma está diseñada para conseguir un equilibrio entre el mantenimiento de la rentabilidad y la reducción de los impactos en el ambiente y, con el apoyo de las organizaciones, es posible alcanzar ambos objetivos.

La norma ISO 14000 va enfocada a cualquier organización, de cualquier tamaño o sector, que esté buscando reducir los impactos en el ambiente y cumplir con la legislación en materia ambiental.

Historia

En la década de los 90, en consideración a la problemática ambiental, muchos países comienzan a implementar sus propias normas ambientales . De esta manera se hacía necesario tener un indicador universal que evaluara los esfuerzos de una organización por alcanzar una protección ambiental confiable y adecuada. En este contexto, la Organización Internacional para la Estandarización (ISO) fue invitada a participar a la Cumbre de la Tierra, organizada por la Conferencia sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en junio de 1992 en Río de Janeiro -Brasil-. Ante tal acontecimiento, ISO se compromete a crear normas ambientales internacionales, después denominadas, ISO 14000.

Se debe tener presente que las normas estipuladas por ISO 14000 no fijan metas ambientales para la prevención de la contaminación, ni tampoco se involucran en el desempeño ambiental a nivel mundial, sino que, establecen herramientas y sistemas enfocadas a los procesos de producción al interior de una empresa u organización, y de los efectos o externalidades que de estos deriven al medio ambiente.

Para 1992, un comité técnico compuesto de 43 miembros activos y 15 miembros observadores había sido formado y el desarrollo de lo que hoy conocemos como ISO 14000 estaba en camino. En octubre de 1996, el lanzamiento del primer componente de la serie de estándares ISO 14000 salió a la luz, a revolucionar los campos empresariales, legales y técnicos. Estos estándares, llamados ISO 14000, van a revolucionar la forma en que ambos, gobiernos e industria, van a enfocar y tratar asuntos ambientales. A su vez, estos estándares proveerán un lenguaje común para la gestión ambiental al establecer un marco para la certificación de sistemas de gestión ambiental por terceros y al ayudar a la industria a satisfacer la demanda de los consumidores y agencias gubernamentales de una mayor responsabilidad ambiental.





Cabe resaltar dos vertientes de la ISO 14000:

  1. La certificación del Sistema de Gestión Ambiental, mediante el cual las empresas recibirán el certificado.
  2. El Sello Ambiental, mediante el cual serán certificados los productos ("sello verde").

La ISO 14000 se basa en la norma Inglesa BS7750, que fue publicada oficialmente por la British Standards Institution (BSI) previa a la Reunión Mundial de la ONU sobre el Medio Ambiente (ECO 92).

La norma ISO 14000 es un conjunto de documentos de gestión ambiental que, una vez implantados, afectará todos los aspectos de la gestión de una organización en sus responsabilidades ambientales y ayudará a las organizaciones a tratar sistemáticamente asuntos ambientales, con el fin de mejorar el comportamiento ambiental y las oportunidades de beneficio económico. Los estándares son voluntarios, no tienen obligación legal y no establecen un conjunto de metas cuantitativas en cuanto a niveles de emisiones o métodos específicos de medir esas emisiones. Por el contrario, ISO 14000 se centra en la organización proveyendo un conjunto de estándares basados en procedimiento y unas pautas desde las que una empresa puede construir y mantener un sistema de gestión ambiental.

En este sentido, cualquier actividad empresarial que desee ser sostenible en todas sus esferas de acción, tiene que ser consciente que debe asumir de cara al futuro una actitud preventiva, que le permita reconocer la necesidad de integrar la variable ambiental en sus mecanismos de decisión empresarial.

La norma se compone de 6 elementos, los cuales se relacionan a continuación con su respectivo número de identificación:

  • Sistemas de Gestión Ambiental (14001 Especificaciones y directivas para su uso – 14004 Directivas generales sobre principios, sistemas y técnica de apoyo.)
  • Auditorías Ambientales (14010 Principios generales- 14011 Procedimientos de auditorías, Auditorías de Sistemas de Gestión Ambiental- 14012 Criterios para certificación de auditores)
  • Evaluación del desempeño ambiental (14031 Lineamientos- 14032 Ejemplos de Evaluación de Desempeño Ambiental)
  • Análisis del ciclo de vida (14040 Principios y marco general- 14041 Definición del objetivo y ámbito y análisis del inventario- 14042 Evaluación del impacto del Ciclo de vida- 14043 Interpretación del ciclo de vida- 14047 Ejemplos de la aplicación de iso14042- 14048 Formato de documentación de datos del análisis)
  • Etiquetas ambientales (14020 Principios generales- 14021Tipo II- 14024 Tipo I – 14025 Tipo III)
  • Términos y definiciones (14050 Vocabulario)







Beneficios

Para las empresas

La adopción de las Normas Internacionales facilita a los proveedores basar el desarrollo de sus productos en el contraste de amplios datos de mercado de sus sectores, permitiendo así a los industriales concurrir cada vez más libremente y con eficacia en muchos más mercados del mundo.

Ahorro de costos: la ISO 14001 puede proporcionar un ahorro del coste a través de la reducción de residuos y un uso más eficiente de los recursos naturales tales como la electricidad, el agua y el gas. Organizaciones con certificaciones ISO 14001 están mejor situadas de cara a posibles multas y penas futuras por incumplimiento de la legislación ambiental, y a una reducción del seguro por la vía de demostrar una mejor gestión del riesgo.

Reputación: como hay un conocimiento público de las normas, también puede significar una ventaja competitiva, creando más y mejores oportunidades comerciales.

Participación del personal: se mejora la comunicación interna y puede encontrar un equipo más motivado a través de las sugerencias de mejora ambiental.

Mejora continua: el proceso de evaluación regular asegura se puede supervisar y mejorar el funcionamiento medioambiental en las empresas.

Cumplimiento: la implantación ISO 14001 demuestra que las organizaciones cumplen con una serie de requisitos legales. Esto puede mitigar los riesgos de juicios.

Sistemas integrados: ISO 14001 se alinea con otras normas de sistemas de gestión como la ISO 9001 o la OHSAS 18001 de seguridad y salud laboral, que proporciona una más efectiva y eficiente gestión de sistemas en general.


Para los gobiernos

Las Normas Internacionales proporcionan las bases tecnológicas y científicas que sostienen la salud, la legislación sobre seguridad y calidad medio ambiental.


Para los países en vía de desarrollo

Las Normas Internacionales constituyen una fuente importante del know-how tecnológico, definiendo las características que se esperan de los productos y servicios a ser colocados en los mercados de exportación, las Normas Internacionales dan así una base a estos países para tomar decisiones correctas al invertir con acierto sus escasos recursos y así evitar malgastarlos.




Para los consumidores

La conformidad de productos y servicios a las Normas Internacionales proporciona el aseguramiento de su calidad, seguridad y fiabilidad.


Para cada uno

Las Normas Internacionales pueden contribuir a mejorar la calidad de vida en general asegurando que el transporte, la maquinaria e instrumentos que usamos son sanos y seguros.


Para el planeta que habitamos

Porque al existir Normas Internacionales sobre el aire, el agua y la calidad de suelo, así como sobre las emisiones de gases y la radiación, podemos contribuir al esfuerzo de conservar el medio ambiente.

La ISO desarrolla sólo aquellas normas para las que hay una exigencia de mercado. El trabajo es realizado por expertos provenientes de los sectores industriales, técnicos y de negocios que han solicitado las normas y que posteriormente se proponen emplear. Estos expertos pueden unirse a otros con conocimientos relevantes, tales como: los representantes de agencias de gobierno, organizaciones de consumidores, las academias, los laboratorios de pruebas y en general expertos internacionales en sus propios campos.

Serie de Normas

El objetivo de estas normas es facilitar a las empresas metodologías adecuadas para la implantación de un sistema de gestión ambiental, similares a las propuestas por la serie ISO 9000 para la gestión de la calidad.

La serie de normas ISO 14000 sobre gestión ambiental incluye las siguientes normas:

  • De gestión ambiental (SGA): especificaciones y directrices para su utilización.
  • ISO 14001:2004 Sistemas de gestión ambiental. Requisitos con orientación para su uso.
  • ISO 14004:2004 Sistemas de gestión ambiental. Directrices generales sobre principios, sistemas y técnicas de apoyo.
  • ISO 14011:2002: Guía para las auditorías de sistemas de gestión de calidad o ambiental.
  • ISO 14020 Etiquetado y declaraciones ambientales - Principios Generales
  • ISO 14021 Etiquetado y declaraciones ambientales - Autodeclaraciones
  • ISO 14024 Etiquetado y declaraciones ambientales -
  • ISO/TR 14025 Etiquetado y declaraciones ambientales -
  • ISO 14031:1999 Gestión ambiental. Evaluación del rendimiento ambiental. Directrices.
  • ISO 14032 Gestión ambiental - Ejemplos de evaluación del rendimiento ambiental (ERA)
  • ISO 14040 Gestión ambiental - Evaluación del ciclo de vida - Marco de referencia
  • ISO 14041. Gestión ambiental - Análisis del ciclo de vida. Definición de la finalidad y el campo y análisis de inventarios.
  • ISO 14042 Gestión ambiental - Análisis del ciclo de vida. Evaluación del impacto del ciclo de vida.
  • ISO 14043 Gestión ambiental - Análisis del ciclo de vida. Interpretación del ciclo de vida.
  • ISO/TR 14047 Gestión ambiental - Evaluación del impacto del ciclo de vida. Ejemplos de aplicación de ISO 14042.
  • ISO/TS 14048 Gestión ambiental - Evaluación del ciclo de vida. Formato de documentación de datos.
  • ISO/TR 14049 Gestión ambiental - Evaluación del ciclo de vida. Ejemplos de la aplicación de ISO 14041 a la definición de objetivo y alcance y análisis de inventario.
  • ISO 14062 Gestión ambiental - Integración de los aspectos ambientales en el diseño y desarrollo de los productos.

ISO 14001

La única norma de requisitos (registrable/certificable) es la ISO 14001. Esta norma internacional la puede aplicar cualquier organización que desee establecer, documentar, implantar, mantener y mejorar continuamente un sistema de gestión ambiental.

Los pasos para aplicarla son los siguientes:

  1. La organización establece, documenta, implanta, mantiene y mejora continuamente un sistema de gestión ambiental de acuerdo con los requisitos de la norma ISO 14001:2004 y determina cómo cumplirá con esos requisitos.
  2. La organización planifica, implanta y pone en funcionamiento una política ambiental que tiene que ser apoyada y aprobada al máximo nivel directivo y dada a conocer tanto al personal de la propia organización como todas las partes interesadas. La política ambiental incluye un compromiso de mejora continua y de prevención de la contaminación, así como un compromiso de cumplir con la legislación y reglamentación ambiental aplicable.
  3. Se establecen mecanismos de seguimiento y medición de las operaciones y actividades que puedan tener un impacto significativo en el ambiente.
  4. La alta dirección de la organización revisa el sistema de gestión ambiental, a intervalos definidos, que sean suficientes para asegurar su adecuación y eficacia.
  5. Si la organización desea registrar su sistema de gestión ambiental, contrata una entidad de certificación debidamente acreditada (ante los distintos organismos nacionales de acreditación) para que certifique que el sistema de gestión ambiental, basado en la norma ISO 14001:2004 conforma con todos los requisitos de dicha norma.
  6. La legislación ambiental en materia de impacto ambiental es muy clara al respecto. Si la fase de construcción o el funcionamiento de una actividad concreta (un ferrocarril, un aeropuerto, etc.) pueden acarrear efectos ambientales negativos (destrucción de hábitats, generación de ruido, etc.), en el estudio de impacto ambiental debe recogerse el conjunto de medidas necesarias para mitigar dichos efectos, siendo obligación del contratista (el que ejecuta la obra) y de la administración competente el correcto diseño y ejecución de las mismas. Dependiendo del tipo de infraestructura o de la actividad que se vaya a desarrollar, las medidas correctoras son diferentes. Las más genéricas son las que se toman para la integración paisajística de las obras, para favorecer la permeabilidad territorial, para mantener los procesos ecológicos esenciales y para contribuir a la mejora ambiental en el entorno urbano. Véase también Evaluación de Impacto Ambiental.



5. AMBIENTES DE APRENDIZAJE Y RECURSOS DIDÁCTICOS

-Aula de clase.
-Ambiente naturales.
-Biblioteca.
-Video.
-Documentos de la defensoría del pueblo.
-Papel periódico.
-constitución política de Colombia de 1991.





6. GLOSARIO

AMBIENTE: Condiciones de un lugar que parecen favorable a las personas.
DERECHOS: Justo razonable.
DEBER: Aquello a  que está obligado el hombre.
 Y los investigados por los estudiantes en el cuestionario.

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7. BIBLIOGRAFÍA

-Constitución política de Colombia 1991..

n    LEY 99 DE 1993.l

HTTP://WWW.UPME.GOV.CO.GUIA-MBIENTAL.


ELABORADA POR: LUIS FERNÁNDEZ VILLADIEGO.
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